NORMAITVA DESCUBIERTOS
La normativa sobre riesgos es bastante extensa dependiendo del tipo de producto. Os adjuntamos un breve resumen de la normativa para los ” descubiertos” y también el enlace donde aparece el manual 2020 ” SEGUIMIENTO DEL RIESGO”( manual operativo) donde vienen los principales criterios de riesgos a rasgos generales y concretando en ciertas familias de productos que merecen un especial tratamiento por su riesgo. ( Este manual debería leerse detenidamente por todo empleado).
Descubiertos y excedidos / Límite Categoría Cliente
La Dirección de la Oficina no debe permitir descubiertos o excedidos por encima del límite de crédito o de categoría cliente, salvo que se trate de:
- · Disposición de operaciones firmadas y no incorporadas
- · Disposición para la firma de hipotecas ya aprobadas
- · Situaciones excepcionales con previsión de regularización inmediata para clientes con Rating Alto y Medio y hasta el 50% de la autonomía normal del Director de la Oficina / Director de Banca de Empresas. No se admiten excepciones en clientes con Rating Bajo o sin Rating.
Para el resto de casos en qué se pueda considerar necesaria la concesión de una situación irregular de estas características se deberá obtener la autorización del Director de Zona (BC) / Director de Oficina (BE) mediante correo electrónico.
Para ayudar en la priorización de las gestiones de los clientes deudores, se ha añadido a la información de deudores y excedidos el nivel de riesgo, medidor de la propensión del cliente a entrar en mora (alta, mediana, baja).
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