PRIMERO DESPLAZAMIENTOS, AHORA TRASLADOS… ¿EN BASE A QUÉ?

A finales del mes de Enero, la empresa notificó a 8 compañeros: 6 de Lleida y 2 de Tarragona, que a partir del 1 de marzo tendrían que desplazarse diariamente a Barcelona para realizar su jornada laboral. Hacían mención al artículo 40.6 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que hace referencia a razones objetivas de carácter organizativo y económico, ignorando los artículos del CCB (art.36 y 37), que regulan estos temas.

Esta semana, han comunicado el traslado a Barcelona, efectivo a partir del día 1 de Junio, a 23 compañeros más: 4 de Alicante, 2 de Mallorca, 9 de Murcia y 8 de Valencia, aludiendo los artículos 40.1 del ET y 36 del Convenio Colectivo de Banca (CCB)

En ambas situaciones argumentan que estas medidas se han tomado para evitar tener que tomar otras que pudieran suponer extinciones de contratos de trabajo en las plazas donde hay excedentes y cubrir así las vacantes de la plaza de Barcelona.

Ya en Febrero mantuvimos una reunión con la empresa para que nos informara del criterio seguido para designar los desplazamientos, y su respuesta fue que ha afectado principalmente a compañeros sin cargas familiares por hijos menores de edad. Además, añadieron entonces, no descartaban que pudieran producirse nuevos desplazamientos mientras existan vacantes en Barcelona. Pues bien, ya tenemos al futuro aquí, y esta vez no son desplazamientos, sino traslados.

Dentro de este marco de legalidad ¿qué criterio ha seguido la empresa para seleccionar a estos compañeros y compañeras además de que no tengan hijos menores? Hay compañeros asignados a la UAPI que siguen haciendo la misma función que antes de deshomologar su función, en la misma oficina, y por cargas de trabajo. ¿Qué sentido tiene? ¿Todo ello es una motivación para ellos? ¿Y para el resto de la plantilla?

Desde aquí CGBS manifestamos nuestra total disconformidad con las medidas aplicadas, a pesar de estar amparadas por la ley. Dada la gravedad de la situación, y de que no se trata de casos puntuales, consideramos conveniente y, solicitamos, una negociación colectiva con todos los representantes legales de los trabajadores.

NUESTRO INTERÉS ES EL TUYO, ¡QUEREMOS AYUDARTE!