Seguimiento bajas ILT via Mutuas

Desde Cuadros Grupo Banco Sabadell os informamos de que en la última reunión del CESS, la empresa nos manifestó que a partir del 1 de enero de 2017, la Incapacidad Laboral Transitoria derivada de Contingencias Comunes, será gestionada por las Mutuas que dan cobertura en los Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales en cada provincia.
En dicha reunión nos solicitaron a la representación sindical que emitiésemos un informe Favorable o Desfavorable a dicha decisión. El mismo es simplemente un requisito que la empresa necesita para la tramitación, pero NO ES VINCULANTE ni tiene ninguna influencia en esta medida.
Por nuestra parte, CGBS, después de informarnos sobre el tema, emitimos un informe DESFAVORABLE, dado que la empresa ha argumentado principalmente motivos económicos para llevar a cabo esta medida, la cual entienden que rebajará considerablemente el absentismo laboral.
El seguimiento de las ILT de Contingencias Comunes por Mutua implica:
- La baja por enfermedad sólo podrá dártela el médico de la Seguridad Social, al igual que el alta, aunque la Mutua sí que podrá realizar propuestas de alta que deberán ser gestionadas en los plazos establecidos.
- A partir del momento en que se comunique la baja a la empresa, la Mutua podrá realizar un seguimiento de la baja y citar al trabajador/a, el cual deberá acudir a dicha citación, en caso de no comparecer de forma injustificada, la Mutua puede llegar a suspender la prestación económica.
- La Mutua sólo podrá realizar un seguimiento de la enfermedad que provoca la baja.
- La Mutua puede ofrecer asistencia sanitaria (pruebas, tratamientos…), pero la aceptación es voluntaria por parte del trabajador.
Se trata de un tema con muchos flecos, por lo que irán surgiendo dudas que iremos esclareciendo en sucesivos comunicados.
NUESTRO INTERÉS ES EL TUYO, ¡QUEREMOS AYUDARTE!